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DESTITUCIÓN DE SÍNDICO DE AHMSA, SIN IMPACTO EN LA VENTA

TOMÁS DE LA ROSA / REPORTACEROMX

La empresa regiomontana Maquinaria Diésel (Madisa), una de los tantos acreedores de la siderúrgica Altos Hornos de México (AHMSA), acusó al Síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez ante el juzgado que lleva el caso de quiebra de la acerera y solicitó su destitución a la jueza Ruth Haggi Huerta García. Aunque algunas voces dicen que la separación del cargo de auxiliar del juzgado para la venta de activos paralizará la operación, la ley dice lo contrario.

La actividad económica de la cuna de AHMSA, Monclova está semiparalizada desde hace más de dos años. La esperanza es la venta de activos de la acerera para que un nuevo inversionista produzca acero y por ende reactive la ocupación laboral, está en el centro de la región.

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La incertidumbre en la población está al límite. Medios de comunicación locales han publicado: “Se retrasaría la subasta de AHMSA si remueven al síndico acusado de malversar fondos”, “Exobreros de AHMSA confían en que recurso de Madisa no prospere y no frene proceso de venta”, “Pide IP no retrasar venta de AHMSA por acusaciones contra síndico”, “Extrabajadores de AHMSA exigen a Madisa retirar impugnaciones que frenan reactivación de la empresa”, “Niega Madisa frenar proceso de venta de AHMSA”.

Incluso, trabajadores de la acerera protestaron en las oficinas de Madisa en Monclova, según el periódico La Prensa de Coahuila, publicó la semana pasada una fotografía con una docena de personas frente a una oficina.

Sin embargo, la Ley de Concursos Mercantiles (LCM), es clara. El Capítulo de “Incidentes y Recursos”, en particular el Artículo 267 dice que “los incidentes planteados en términos de esta Ley no suspenderán el procedimiento principal”. Esto ante la potencial destitución del Síndico; un veredicto de la remoción o sigue en el cargo se conocerá en los próximos días.

LOS HECHOS

Madisa, en una comunicación con los medios locales informó que participa en el proceso de quiebra de AHMSA y Minera del Norte (Minosa) “mantienen con nosotros adeudos significativos”. Extraoficialmente se dice que las cuentas por cobrar por la arrendadora y vendedora de maquinaria de Caterpillar es por alrededor de 11,700 millones de dólares (MDD).

Madisa advirtió que reconoce a los trabajadores de la acerera como los más afectados y que “jamás actuaríamos en contra de sus legítimos intereses y derechos (…) nos interesa profundamente que se reactiven las operaciones de la acería, las minas y toda la economía dependiente de esta actividad”.

Advirtió que también quiere que el “proceso de quiebra concluya lo antes posible, recuperando la mayor cantidad de recursos para saldar primero lo adeudado a los trabajadores”  posteriormente a quien tenga que pagarse .

Por lo anterior, notificó que “hemos solicitado la remoción del Síndico, ya que durante su gestión se han identificado serias irregularidades y actos contrarios al interés de los trabajadores y acreedores”, entre ellos “a.) Ventas ilegales de activos, realizadas sin la debida transparencia ni rendición de cuentas sobre el destino de los recursos obtenidos; b.) Negativa a devolver a proveedores equipos rentados, lo que está incrementado innecesariamente la deuda de AHMSA; c.) Uso de avalúos que no cumplen con los preceptos legales, resultando en valores por debajo del mercado y precios de salida aún más bajos; d.) Intento de contratación de un intermediario para la venta de los activos con un costo excesivo, potencialmente afectando la recuperación de recursos”.

En ningún momento hemos obstaculizado el proceso de venta de los activos de Ahmsa; por el contrario, exigimos se realice con prontitud, conforme a la ley, protegiendo los derechos de los trabajadores y buscando el máximo beneficio para ellos y para todos los demás acreedores, entre los que lamentablemente nos encontramos”, dijo Madisa CAT (nombre comercial de Madisa).

Se habla de un pago irregular de dos millones de pesos que realizó Aguilera Gómez a un despacho que presuntamente es propiedad del personal (auxiliares directos: Roberto Barquera Ugarte y Ricardo Alfonso Barquera) que labora en el caso de AHMSA. Esto, en caso de no ser aclarado, podría ser un desvió de  recursos de la masa (todos los bienes, derechos, deudas y obligaciones de la empresa).

Reportacero solicitó información a Madisa, por dos vías diferentes. Sin embargo, la empresa optó por no responder. El equipo de Aguilera Gómez dijo que en un par de días estaría disponible para hablar del tema.

SUSTITUCIÓN DEL SÍNDICO

Para destituir a un Síndico, según la LCM, es algo previsto en los artículos 60 y 174. En el primero, procede cuando la empresa (técnicamente llamada “comerciante”), el Ministerio Público (MP) o cualquier acreedor de manera individual denuncien ante el juez actos u omisiones del síndico que no se apeguen a lo dispuesto en la  LCM.

Además, en la etapa de quiebra, el síndico puede ser sustituido bajo dos supuestos, según el artículo 174. 1) Cuando la empresa o acreedores reconocidos que representen al menos el 50% de la deuda reconocida lo soliciten, o 2) Cuando la empresa o acreedores reconocidos que representen al menos el 50% de la deuda reconocida, designen de común acuerdo a una persona (incluso si no está registrada en el IFECOM).

El nuevo síndico asumirá todos los derechos y obligaciones previstos en la ley. El síndico saliente deberá entregar toda la información y apoyo necesario al nuevo, similar a lo dispuesto para el conciliador en el artículo 147.

El nuevo Síndico deberá ser designado en un máximo de cinco días hábiles, después de notificar el nombramiento,  asumirá sus funciones de inmediato y un plazo de cinco días tendría que nombrar a sus auxiliares. Aunque se debe destacar que ya hay personal laborando en el proceso.

En ese periodo, la administración de la quebrada podría parar temporalmente durante la transición. Otro punto a destacar es que en caso de prosperar la destitución, como lo alega Madisa, podría darse una sentencia (hasta que esté en firme) que condene al síndico al pago de daños y perjuicios.

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